muestra de teatro amateur de navarra
nafarroako amateur antzerkiaren erakustaldia
'21
19 de septiembre a 27 de noviembre
irailaren 19tik azaroaren 27ra

Tartufo Art Decó
Grupo: Kilkarrak

Los extremos se alejan, se odian, no se quieren cerca unos de otros, pero a veces chocan y se crean los bandos. ¿A dónde nos llevan? Quizás no podamos elegir lo que creemos, pero sí como tratar al que piensa diferente.
Duración: 50 minutos
Género: Drama
Recomendación de público: A partir de 13 años
Alejandra Smith – María
Pachi Muñoz – Pascual
Pachi Muñoz – Vestuario / Escenografía / Iluminación y sonido
Pachi Muñoz
Alejandra Smith (Ayte. Dirección)
Pachi Muñoz
Siete pacientes que padecen trastorno obsesivo-compulsivo (síndrome de Tourette, obsesión por el cálculo matemático, trastorno compulsivo de verificación, obsesión con las líneas, con las bacterias, etc) aguardan en la sala de espera de la consulta la llegada de la doctora Palomera, afamada especialista de prestigio mundial. Por causas desconocidas, Palomera va retrasando su llegada y los siete personajes comienzan a interactuar organizando una suerte de terapia de grupo.
Duración: 85 minutos
Género: Comedia
Recomendación de público: A partir de 7 años
Kico Alba
Laurent Baffie
La señora Amelia, una severa profesora de canto, recibe en su casa a Ramón, un hombre joven que desea mejorar su técnica vocal para cantar en el memorial de su madre fallecida recientemente. La canción elegida, “La golondrina”, tiene un significado especial para él y, al parecer, también para Amelia. A medida que la tarde avanza, los dos personajes van desgranando detalles de su pasado, profundamente marcado por un atentado terrorista que sufrió la ciudad el año anterior.
El significado real de ese ataque, las motivaciones del terrorista y la alargada sombra de sus víctimas provocan un duro enfrentamiento entre Amelia y Ramón que les lleva a descubrir la verdad sobre aquellos terribles acontecimientos, una verdad que les obliga a reflexionar sobre sus propias identidades, la aceptación de la pérdida y la fragilidad del amor, desnudándose hasta tal punto que sus destinos quedarán unidos para siempre en un canto común a la vida.
Duración: 90 minutos
Género: Drama
Recomendación de público: A partir de 16 años
Raquel García
Eneko Pérez
Evaristo Pérez – Escenografía
Laura Laiglesia
Guillem Clua
Años cincuenta. En una gran mansión burguesa en pleno campo, donde se están haciendo los preparativos para festejar la Navidad, se produce un drama: el dueño de la casa es asesinado.
Evidentemente, la culpable tiene que ser una de las ocho mujeres que están en la casa. Comienza entonces una larga jornada de investigación, jalonada de discusiones, traiciones y revelaciones, que lleva a la conclusión de que cada una de ellas tiene sus razones y guarda secretos insospechados.
La verdad estallará, cruel y trágica, desenmascarando a los personajes y poniendo de manifiesto sus mentiras.
Duración: 120 minutos
Género: Comedia Vodevil
Recomendación de público: A partir de 16 años
Amparo Jiménez – Madame Chanel (criada y niñera)
Cristina Gárriz – Suzon (hija mayor de Gaby)
Cristina Vallés – Gaby (esposa de Marcel)
Conchi Sanargimiro – Augustine (hermana de Gaby)
Estela Gárriz – Catherine (hija menor de Gaby)
Mª Pilar Esáin – Pierrette (hermana de Marcel)
Nieves Romero – Louise (la doncella)
Piedad Magallón – Mamy (la abuela)
Fermín Salaberri – Adaptación musical e interpretación
Luchi Urrutia – Dirección de canto
Juan Salaberri y Juan Velasco – Producción musical
Luchi Urrutia – Efectos especiales y control de sonido
Tere Pérez – Escenografía
Angelina Lecumberri
Robert Thomas
Dimensiones mínimas del espacio escénico: 6,00 x 4,00 metros.
Micros de ambiente y sistema de sonido para micros, sonido y efectos.
Luz estática durante toda la obra, pero con bastante iluminación en escena.
Un convento atraviesa tales aprietos económicos que el “pan nuestro” de cada día siempre es el de ayer. Buscando fuentes de ingresos extra deciden plantar rosales y hacerse floristas. Pero la gracia divina es muy graciosa y las rosas… También les han salido “graciosas”.
A partir de ahí una comedia de enredo donde lo que parece ser no es, aunque siendo lo que no parece que es se parece a lo que hubiera sido de no ser porque no lo es. Lo dicho, mucho enredo.
Karretabidea vuelve a sus orígenes con una nueva historia que sucede entre las paredes de un convento. Catorce años han pasado de aquel “Sor Homicidio” de monjas asesinas y nos llega este “Sor Mari Juana” de monjas… No desvelemos más. ¡Que ustedes lo pasen bien!
Duración: 65 minutos
Género: Comedia
Recomendación de público: A partir de 8 años
Mari Bengoetxea – Madre Superiora
Asun Fresán – Sor Pánfila
Egipto Maestro – Sor Bartola
Alicia Flamarique – Sor Feliciana
Pili Lezaun – Sor Justa
Eva García – La Jenni
Pili Martínez – Agente Swazzenegersweisteiger
Arantza Flamarique y Nando Unzué – Iluminación y sonido
Mikel Mikeo
En el contexto de nuestro país, salvo en contadas excepciones, la presencia femenina ha sido nula. Tampoco el cine, la literatura o el teatro han contribuido a equilibrar la balanza, pues la mayoría de personajes memorables han sido casi siempre hombres.
Pero más humillante todavía es que la Historia de la Humanidad se haya narrado sin nuestra presencia, sin tener en cuenta lo que aportamos en ella las mujeres actuando como mujeres. Navarra en femenino persigue aportar un canto rodado más en el camino que se ha empezado a construir hacia la igualdad y comienza su andadura poniendo en el escenario una obra de teatro con dos escenas: Juicio a una reina y Juicio a una bruja.
Duración: 120 minutos
Género: Histórica
Recomendación de público: A partir de 12 años
Belén Garrido
Irene Arenaz
Aitor Murillo
Mentxu Vicente
Verónica Casado
Ramón Tiscar
Adrián Echegoyen
Txema Villaplana
Sara Brun
Escenas contemporáneas, escenas divertidas, sencillas, como unas zapatillas de casa con tacones.
Personajes con posibilidad de transformación y evolución relacionados con los cambios sociales que vive este mundo nuestro, transitando entre el olvido de un siglo anterior desastroso, y el miedo a pensar que lo humano ha sobrepasado los límites y la natura trata de librarse de ellos.
Estos personajes son animales, animales que se huelen y desean, animales que matan a animales, animales….en fin. Sin perder el humor, eso nunca, sin ser más de lo que son, sin mostrar un ápice de grandiosidad heroica, con ganas de pasárselo bien. Muy bien, riéndose en el sofá de casa. Eso sí, con tacones.
Duración: 60 minutos
Género: Comedia
Recomendación de público: A partir de 18 años
María Sagrario Mugueta López (Iralko)
Santiago E. Torre Murga
Miguel Ángel Lerga Encinas
Juan Sansegundo
Alfredo Sanzol
«Fuera de juego» es una tragicomedia que ocurre alrededor de un equipo de fútbol femenino durante el partido más importante de sus vidas. La obra reflexiona sobre el papel de la mujer y del deporte femenino en una sociedad que todavía manifiesta un machismo feroz. En el campo de juego aflorarán las envidias, los sueños, las dudas y los miedos de unas chicas que lo único que quieren es vivir de su pasión.
Duración: 75 minutos
Género: Tragicomedia
Recomendación de público: A partir de 16 años
Olatz Jiménez – Nuria (Torete)
Pili Irisarri – Mami
Marlene Romeo – Princess
Lola Jiménez – Julia
Miren Peralta– Pippi
Mª Carmen Mayayo– Capi
Rosa Soret – Toni
Ion Barbarín
Marta Buchaca
Los empleados de una discreta funeraria se disponen a comenzar otro rutinario día de trabajo. Bueno, no todos…Paulino, el mimado hijo del propietario tiene bastante más interés en sus redes sociales y en sí mismo que en su labor profesional. Pero una serie de casualidades traerá a la funeraria a unos peculiares clientes y el día se pondrá tan interesante como peligroso.
Sus especiales peticiones, de dudosa legalidad, despertarán la ambición de Paulino y su instinto empresarial. Así los trabajadores verán complicada su existencia, enredados en situaciones que deleitarán al público con una divertidísima comedia, en la que ni nadie es tan santo, ni hay tanta paz.
Duración: 70 minutos
Género: Comedia
Recomendación de público: A partir de 12 años
Adrián Vázquez – Paulino
Blanca Zaracaín – Mariana
Catalina Fernandez – Rubí
Isabel Aramendía – Alicia Trujano
Leyre Carlos – Fernanda de Trujano
Juan Pedro Harto – El Chamas López
Itziar Briones – Edelina de López
Joaquín Vazquez – Imagen
Míreni – Vestuario y escenografía
Maribel Zaracain y Jose Mari Munarriz – Iluminación y sonido
Elisa Asín
Tania Ruíz
«He aquí una comedia que ha originado grandes discusiones y ha sido objeto de ataques por largo tiempo. Las personas satirizadas han demostrado que son más poderosas en Francia que todas las demás que hasta ahora he criticado».
Así comenzaba Molière el prólogo a su Tartufo (1668) cuando después de 5 años de prohibición, se le permitió por fin representarlo ante el gran público. Siempre es arriesgado denunciar a los poderosos, sobre todo a los que consiguen el poder so capa de religiosidad. Pero por más peligroso que sea, esta clase de denuncias resulta siempre muy popular.
La gente sencilla celebra que se descubran las sombras en las personas que más brillan. Y este es el secreto del éxito de Molière, tan hondamente popular y, por lo mismo, tan actual si se sabe adaptar su arte a la sensibilidad contemporánea. En el Tartufo, Molière sale en defensa de la gente simple y honesta frente a la impostura religiosa. Por desgracia, ese vicio de la falsa devoción y de la hipocresía no ha desaparecido en nuestra sociedad.
Duración: 90 minutos
Género: Comedia
Recomendación de público: A partir de 12 años
Amaia Legarra o Rakel Legarda – Flipot
Javier Hernández – Cleanto
Carlos García Íñigo – Damis
Rakel Sampedro – Dorina
Luci Echávarri – Señora Pernell
Natalia Lisarri – Elmira
Elsa Preciado – Mariana
Pedro Echávarri – Orgón
Bárbara Zabalegui – Valerio
Ander Osés – Tartufo
Yolanda García – Secretaria judicial
Amaia Legarra – Brigada policial femenina de París
Rakel Legarda – Brigada policial femenina de París
Yolanda García – Brigada policial femenina de París
Cristina Lisarri – Coordinadora de vestuario
Pedro Irulegui – Escenografía y Diseño Gráfico
Ángel Hervás y Sergio Casi – Luz y sonido
Pedro Echávarri
Moliére
«El filo de las mariposas» se desarrolla en una sala de un psiquiátrico, donde un grupo de pacientes ante el inminente cierre del mismo, esperan ser trasladados a otro lugar. En esta espera, los seis personajes protagonistas, con alma de mariposas, ven pasar los días sin que nadie venga a buscarlos, descubriéndonos su pasado entremezclado con el presente.
Reflexión sobre la condición humana ante la forzosa convivencia, apareciendo los conflictos y demonios personales, presentándose un mundo donde lo irracional convive con la lucidez y donde los personajes se dejan llevar por ese deseo de renacer.
Duración: 80 minutos
Género: Comedia dramática
Recomendación de público: Adulto (mayores de 18 años)
Miquel Domènech – Jose
Toño Esparza – Carlos y mozo
Anita: Asun Simón – Anita
Pili Peletero – Elvira
Onorina: Ana Lebrón – Onorina
Cristina Nagore – Mery y clienta
Sagrario Zubillaga – Sor Virtudes
Manuela Gutiérrez – Madre y dependienta
Deme Irigoyen – Yaya de Anita
David Goñi – Representante y mozo
Julen Urizar – Saxo
Josemaría Ballesta – Iluminación
NehNah (nehnah.com) – Cartel
Teatro Jus La Rotxa – Producción
Jaime Malón
Luis Fernando de Julián
Esta historia comienza un día de Nochebuena. Sí, es un cuento, un cuento de Navidad. María espera ansiosa a la familia, hace tres años que no se ven.
En estas cenas se habla, irremediablemente, de coches, de vestidos, del IVA, de fontaneros y electricistas… Pero ¿por qué alguien quiere dar una cena como ésta? Por quedar bien, agradecer, mantener la tradición. Hay impostura, pero al final, la gente viene a comer. Y a la familia se le ofrece lo mejor que uno tiene por el hermoso acto de agasajar. Hermoso acto, agasajar.
Al principio, nadie hubiera dicho que allí, entre el árbol y el belén, pasara nada digno de ser contado. Pero tras la fiesta, María empieza a sufrir un ligero malestar y el inicio de algo peor: un ataque de realidad. No para de llorar. Si algo puede sacar a María de su estado es celebrar de nuevo la Navidad.
Tras mucho tiempo repitiendo diariamente la Nochebuena, nuestros protagonistas asumen el reto de interpretarse a sí mismos noche tras noche, cena tras cena.
Miguel Ángel Lerga – Narrador
Rakel Goñi – María
Santiago Elías Torre – Juan
Sergio Albillo – Mateo
Maika Monreal – Daniela
Pili Oñate – Eva
Sergio Albillo – Diseño gráfico (@cartelesdeteatro)
Laura Laiglesia
“Una plantilla de atracadores” es una trepidante comedia, que fiel a su género, va complicándose conforme se desarrolla la acción. Con un ritmo matemático que no decae, la obra nos cuenta los avatares de la plantilla de una sucursal bancaria, que convencidos por su compañera Galinda, deciden que ha llegado el momento de hacer justicia, de llevar a cabo el atraco del siglo. Un minucioso plan, al estilo Robin Hood, que no sale precisamente como habían calculado…
Duración: 70 minutos
Género: Comedia
Recomendación de público: Todos los públicos
Isabel de Diego
Rosa Nagore
Raquel García
Inma Nagore
Javier Baigorri
Sergio Albillo
Maika Monreal
Isabel Zabalza
Sagrario Nagore
Neus Vives
Jokin Gil
Fran Marcén – Iluminación
Pachi Muñoz y María Gastón – Video y fotografía
Sergio Albillo – Diseño gráfico
Evaristo Pérez – Escenografía
Laura Laiglesia
Pasen y vean, disfrute de la deliciosa brevedad de lo efímero, enrédense entre nuestras propuestas y deléitense con las deliciosas piezas de ese género antaño popular y ahora casi condenado al exilio sobre las tablas que ha sido, y es, el entremés. ¡Se abre el telón!
«Las iras de la Sultana» de Pablo Blanco
Los triunfos militares del general Orcanor provocan en la Sultana el temor a un posible golpe de estado. La sospecha y el miedo a perder el poder la conducirán a una espiral de locura de funestas consecuencias.
El retrato parlante adaptación de Pablo Blanco de la obra de Jean-Baptiste Belley
Ante la ausencia de su amado Leandro, Isabel está a punto de casarse con Casandro, su tutor y tío de su enamorado. Casandro, sin embargo, sospecha de la palabra de matrimonio dada por Isabel y se esconde en la casa tras fingir irse de viaje con el fin de comprobar los verdaderos sentimientos de la joven.
Duración: 60 minutos
Género: Comedia
Recomendación de público: A partir de 7 años
Gabriel Vizcay – Orcanor y Casandro
María Meriguor – Sultana y Colombina
Alejandra Smith – Elmira y Isabel
Pachi Muñoz – Osmín y Pierrot
Andrés Muñoz – Apuntador y Leandro
Pachi Muñoz
Pablo Blanco y Jean-Baptiste Belley
¿Qué estarías dispuesto a hacer para conseguir un piso si este reuniera todas las características que deseas? Buenas zona, amplio, luminoso, vistas envidiables y un precio muy bajo. El piso que el agente inmobiliario enseña a Sara reúne todas esas condiciones.
Pero hay un porqué, un «inconveniente»… El piso se vende con bicho dentro: Lola, la dueña. Una mujer desahuciada por los médicos que ha decidido vender su piso con la única condición de vivir en él hasta el día de su fallecimiento.
Pero como pasa en la vida, nada ocurre como planeamos. las circunstancias cambian y las vidas de estas dos mujeres, que lo único que tienen en común es su soledad, se entrelazan, se complican y surgirán entre ellas los problemas. Pero también la ternura, la complicidad, las risas se mezclan con un único testigo: un hombre que busca su lugar, pero siempre cerca de ellas.
Duración: 70 minutos
Género: Comedia
Recomendación de público: Todos los públicos
Reyes Rodríguez – Sara
Chelo Cruz – Lola
José Luis Morentín – Agente
Habíateatro
Juan Carlos Rubio
Fernando invita a su amante a pasar el fin de semana en la casa de campo, Su amigo Carlos llega de Nueva York y servirá de coartada; además, contrata a una cocinera para que la velada sea perfecta.
Con lo que no ha contado Fernando es que Mercedes, su mujer, cambie de planes a última hora, lo que obliga a que todos tengan que mentir para no ser descubiertos.
Duración: 70 minutos
Género: Comedia
Recomendación de público: A partir de 7 años
Vanesa Eguiluz
Arantza Ezcurdia
Chelo Cruz
Joseba Orduña
Txetxu Morentin
Habiateatro – Escenografía y vestuario
María Nicolay y Miguel Lucas – Cartel
Miguel Goicoechandia
Marc Camoletti
Querido público, imagine por un momento un banco, un parque con palomas y el otoño de los árboles pintando el paisaje y tiñendo de ocre nuestras vidas.
Y sigamos imaginando por un instante, que un desconocido le pide una de las cosas más valiosas y menos valoradas de nuestro presente, el tiempo. Quiere ser escuchado. Pero usted dice que no tiene tiempo, es más, le dice que tiene prisa, mucha prisa.
De eso trata nuestra obra. La necesidad de ser escuchados.
Vengo del mar es una comedia dramática, o un drama cómico, donde todo lo que se cuenta posiblemente supere lo que usted haya podido imaginar. Porque seguro que no habrá imaginado una escucha con prisa, o paellas con cangrejos y campanas, o «vinho amargo» junto a cien pastillas.
Si usted nos lo permite, y no tiene mucha prisa, se lo vamos a contar.
Duración: 60 minutos
Género: Drama-Cómico
Recomendación de público: A partir de 14 años
Josu Castillo – Anciano
Roberto Martínez – Profesor
José Ramón Escusol – Música en directo
Rosa Nagore – Iluminación y sonido
Camerino – Escenografía y vestuario
Rosa Nagore
Josu Castillo
Adaptable a cualquier espacio.
No se requiere ninguna necesidad especial relativa a iluminación y sonido.
El matrimonio Palavrakis cuenta la turbulenta vida conyugal de Elsa y Mateo, víctimas de malos tratos desde la infancia, hasta el final de sus vidas, y tiene como tema central las emociones que surgen entre ellos a la hora de enfrentarse a la decisión de tener un hijo.
Unidos por el rencor hacia sus padres y hacia una sociedad que consideran enferma, parecen llevar una vida monótona e insustancial en la que su única diversión confesable son los concursos de baile a los que acuden y que siempre (o casi siempre) pierden.
El nacimiento de Chloe, su única hija, les conducirá hacia una espiral de miedo y angustia que acabará por destruirles irremediablemente. Aunque el desencadenante de la tragedia será un hecho crucial y doloroso que cambiará sus vidas para siempre: el asesinato de su pequeña hija de siete años.
Duración: 90 minutos
Género: Tragedia contemporánea
Recomendación de público: Adulto (mayores de 18 años)
Amaia Galar − Elsa
Mikel Berrio − Mateo
Arantza Capón − Narradora
Ioar Labat − Coreografía
Marisol García − Vesturario
Iosu Kabarbaien, Mikel Berrio, Arantza Capón y Amaia Galar − Espacio escénico
Iosu Kabarbaien − Iluminación y sonido
Iosu Kabarbaien
Angélica Lidell
Tennessee Williams fue un destacado dramaturgo estadounidense, autor y guionista de obras teatrales y películas tan reconocidas como Un tranvía llamado deseo, La gata sobre el tejado de zinc o La noche de la iguana. Un asistente social se acerca al número 11 de la calle Tennessee Williams para mantener una entrevista con la madre de una familia desestructurada.
La entrevista nos descubre el misterio oculto tras la puerta de una habitación oscura y paralelamente conocemos otros personajes que habitan el edificio: una inquilina que no puede hacer frente al alquiler de su habitación, un hijo que mantiene una relación complicada con su madre, una mujer superviviente con el marido enfermo…, son algunos de los personajes que dan vida a un vecindario. Personas anónimas con una existencia constreñida a cuatro paredes que se abren para presentarnos su fragilidad y despertar nuestra ternura.
Con cuatro piezas cortas de Tennessee Williams la obra transita por los conflictos de la sociedad americana de mitades del siglo XX.
Duración: 70 minutos
Género: Drama
Recomendación de público: A partir de 14 años
Jesús Elizondo – Sr. Morgan
Maite Hernandez – Sra. Pocciotti
Maite Berrade – Srta. Hardwicke-Moore
Bea Gomez – Sra. Wire
Javier Salvo – Escritor y Mme. Duvenet
Sebas Esquiroz – Eloi y Hombrecillo
Espe Iriso – Patrona
Javier Álvaro
Tennessee Williams
Un grupo de personas con personalidades dispares, se ven obligadas a convivir durante un breve lapso de tiempo en un espacio reducido en el que se sucederán encuentros, desencuentros, disputas y situaciones de conflicto, absurdos que provocan risa, complicidades y antipatías…en las que irán descubriendo que tienen más en común de lo que nunca hubieran imaginado.
Duración: 60 minutos
Género: Comedia
Recomendación de público: A partir de 12 años
Mikel Aguirre
Marina Quintanilla
Marisol Cerezo
Loreto Jordana
Txetxus Sanz
Mikel González
Santi González
Joaquim Moleiro – Iluminación y sonido
Mikel Aguirre
Pasaban los tiempos más oscuros desde la Segunda Guerra, cuando Dario Fo y su compañera de vida la actriz Franca Rame escribieron a cuatro manos la obra “No hay ladrón que por bien no venga” En una Italia repleta de incongruencias sociales y culturales, los ecos de la Guerra de Vietnam y el mayo del 68 parisino estaban más que frescos en la mente de los artistas y jóvenes aún esperanzados con el porvenir. Dario Fo y Franca Rame se enfrentaron a estos tiempos con el «Don de la Risa», y merecen este sencillo homenaje.
La anécdota de la que parte la obra es simple: un hombre entra a una mansión para asaltarla y sin quererlo se ve envuelto en un enredo de deslealtades y mentiras de las que tiene que formar parte muy a su pesar. Nada ni nadie es lo que parece en esta trama loca y divertida que muestra la hipocresía de la época.
Duración: 70 minutos
Género: Comedia
Recomendación de público: Todos los públicos
Joaquim Moleiro – Iluminación y sonido
Mikel Aguirre
Homenaje a Dario Fo y Franca Rame a través de la obra «No hay ladrón que por bien no venga».
Un anarquista fallece tras caer por la ventana de la comisaría de Milán en la que está siendo interrogado por la policía. En plena investigación judicial de los hechos, la aparición en dicha comisaría de un “loco” que se hace pasar por diferentes personajes logrará darle la vuelta a las indagaciones y descubrir la verdad.
«Muerte accidental de un anarquista» es una de las obras maestras de Dario Fo, representada miles y miles de veces en todo el mundo. Una sátira implacable y comiquísima sobre la policía y sus métodos, al servicio de la represión y el falseamiento de las realidades por parte de los poderes públicos.
Duración: 120 minutos
Género: Comedia
Recomendación de público: A partir de 12 años
Mari Cer Bravo
Violeta Torres
Ramón Vicuña
Mario Amatriain
Manu Gonzalez
Juan Carlos Osés
Fernando Ruíz
Sabrina Schemberger (Ayte. Dirección)
Darío Fo
Durante la segunda guerra mundial en el museo Hermitage de Leningrado discurre la vida de un vigilante y un guía en medio del horror…
Ilusión y realidad se entremezclan continuamente. Los personajes se entregan a sus sueños y destinos.
Duración: 70 minutos
Género: Teatro social
Recomendación de público: Adulto (mayores de 18 años)
Iralko Mugueta – Sonia
Santiago E. Torre – Pavel Filipovich
Miguel Ángel Lerga – Igor Igorovich
Juan Sansegundo
Herbert Morote
Levante es un deseo de libertad. Es una historia de amor impensable en un tiempo imposible. Narra la relación amorosa entre dos mujeres en la época previa y durante la guerra española. Susana e Ines, las protagonistas, son amigas desde la infancia en un pequeño pueblo del interior de la península.
En la edad adulta, su amistad se irá transformando en un amor capaz de superar todas las barreras sociales del momento en que viven, convirtiéndose en un descubrimiento de la propia identidad, donde las dos mujeres aprenden a poner nombre a sus emociones.
Duración: 80 minutos
Género: Drama
Recomendación de público: A partir de 12 años
Cristina Nagore – Susana
Ana Lebrón – Inés
Pili Peletero – Luisa (madre de Susana)
Deme Irigoyen – Deme (tía de Luisa)
Raquel García – Rosario (amiga de Luisa)
Sagrario Zubillaga – Remedios (amiga de Luisa)
Miquel Domènech – Jeromo (novio de Susana)
Manuela Gutiérrez – Isabel (amiga de Susana e Ines)
Lucia Muñoz – María (amiga de Susana e Ines)
José Ramón Irure – Paquito (pretendiente de Ines)
Teresa Zubero – Pilar (maestra)
Pili Peletero – Vestuario
Josemaría Ballesta – Iluminación
Jaime Malón – Sonido
Jaime Malón
Carmen Losa
En un teatro cualquiera de una ciudad española cualquiera de 1959, un grupo de artistas se dispone a pasar por el Tribunal del Sindicato de Espectáculos con el fin de obtener el carné de cantante, trámite burocrático obligatorio para trabajar en territorio nacional. Las y los artistas deben mostrar sus facultades ante estos señores para que les den su conformidad y les extiendan el anhelado carné.
A la espera de que lleguen los miembros del Tribunal, los aspirantes se van conociendo y entablando amistades y enemistades, así como envidias y rivalidades, que provocarán más de un incidente. El desabrido conserje a las órdenes del citado Tribunal, destinado a organizar y atender a la farándula, intentará apaciguarlos de la mejor manera posible.
Duración: 105 minutos
Género: Comedia
Recomendación de público: A partir de 12 años
Iosu Kabarbaien – Conserje (Justo Carabantes)
Amaia Galar – Perlita de Salas (Consuelo Camacho)
Sebas Esquíroz – Venancio
David Navarro – Azuquítar (Elías Sopesens)
Amaia Esquíroz – Trini del Río (Pilar Torrero)
Mikel Berrio – Fernando Arribas (Fernando de la Riva)
Marisol García – Dolores Prado (Dolores Pérez)
Gabalzeka Teatro – Escenografía
Marisol García y Javier Sáez – Vestuario
Gabalzeka Teatro – Utilería
Sebas Esquíroz – Iluminación y sonido
Amaia Huarte – Asesoría de voz y canto
Rafael Campos y Javier Armisén – Canciones
Iosu Kabarbaien – Cartel
Rafael Campos
ARTÍCULO 1. Reglamento y normativa aplicable
La Federación “Teatro Amateur de Navarra – Nafarroako Amateur Antzerkia”, en adelante, la Federación, es una entidad sin ánimo de lucro constituida al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Las normas que rigen el funcionamiento de la Federación son aquellas que se recogen en los Estatutos, el presente Reglamento de Régimen Interior y todas aquellas normas que establezca la reglamentación que le sea de aplicación según las leyes.
El texto recogido en los Estatutos y el presente Reglamento de Régimen Interior no da lugar a posibles interpretaciones subjetivas, debiendo realizarse siempre una interpretación literal de su contenido. En caso de aparente contradicción entre ambos textos, los Estatutos tienen prioridad sobre el Reglamento de Régimen Interior.
ARTÍCULO 2. Denominación y siglas
La denominación social completa con la que la Federación consta inscrita en el Registro de Asociaciones del Gobierno de Navarra es “Federación Teatro Amateur de Navarra – Nafarroako Amateur Antzerkia”.
No obstante, se aceptan también como válidas las siguientes dos denominaciones: “Federación Teatro Amateur de Navarra”, en castellano; y “Nafarroako Amateur Antzerki Federazioa”, en euskera. Las siglas que identifican la Federación son “FETEAN”.
ARTÍCULO 3. Naturaleza. Principio de solaridad e igualdad.
La Federación es una organización de naturaleza asociativa y asamblearia, donde todas las decisiones relevantes son sometidas a votación por parte de la Asamblea General.
La Federación fomentará en todas las actividades que promueva la solidaridad e igualdad entre todas las Asociaciones federadas. Todas las personas asociadas tienen los mismos derechos y deberes, salvo en los supuestos de privación de los mismos por imposición de sanciones.
Los derechos y deberes comunes a todas las personas asociadas, sean fundadoras o de número, quedan recogidos en los artículos 11 y 12 de los Estatutos de la Federación, respectivamente.
La Federación fomentará la cooperación entre grupos y personas, frente a la competitividad.
ARTÍCULO 4. Documentación requerida para solicitar el ingreso en la Federación
Las Asociaciones que cumplan con los requisitos de ingreso establecidos en el artículo 9 de los Estatutos, que deseen solicitar su incorporación a la Federación, deberán aportar a la Federación la siguiente información
Denominación social, tal y como consta inscrita en el Registro de Asociaciones.
Denominación por la que se conoce al grupo de teatro.
Domicilio social y datos de contacto de la Asociación.
Nombre y apellidos de la persona representante y sus datos de contacto.
Adicionalmente, la Asociación solicitante deberá adjuntar a la solicitud la siguiente documentación:
Resolución de la inscripción de la Asociación en el Registro de Asociaciones.
Estatutos en vigor, visados por el Registro de Asociaciones.
Tarjeta del número de identificación fiscal (NIF).
Certificado expedido por el/la Secretario/a, con el visto bueno del/de la Presidente/a, en el que se acredite el acuerdo por el que solicita la incorporación de la Asociación a la Federación.
Certificado expedido por el/la Secretario/a, con el visto bueno del/de la Presidente/a, en el que se acredite el acuerdo por el que designa a la persona que ostentará la representación de la Asociación ante la Federación.
Documento de identidad de la persona representante.
Justificante bancario que acredite el abono de la cuota de incorporación.
Orden de domiciliación de adeudo directo SEPA, para el cobro de las cuotas anuales.
Breve dossier de trabajos realizados por el grupo desde su constitución.
Las solicitudes de ingreso podrán ser presentadas en cualquier momento del año a través del formulario online que la Federación habilitará en su página web.
ARTÍCULO 5. Cuota de incorporación
Están obligadas al pago de la cuota de incorporación todas aquellas Asociaciones que deseen solicitar su incorporación o reincorporación en la Federación. Tal y como establece el artículo 4 del presente Reglamento, las Asociaciones que soliciten su ingreso en la Federación deberán aportar el justificante bancario que acredite el abono de esta cuota. La cuota de incorporación en vigor, aprobada junto con este Reglamento, es de doscientos euros (200€), que serán devueltos en el caso de que la Asamblea General no apruebe el ingreso de la Asociación.
ARTÍCULO 6. Cuota anual
Están obligadas al pago de la cuota anual todas las Asociaciones federadas que formen parte de la Federación a 1 de enero de cada ejercicio. La cuota anual en vigor, aprobada junto con este Reglamento, es de cien euros (100€).
La Federación será la encargada de cargar la cuota anual en la cuenta bancaria que cada asociación haya facilitado en el momento de su incorporación o en actualizaciones posteriores. Este cargo se realizará durante la primera mitad del mes de enero de cada ejercicio.
En el caso de que se produzca la devolución del recibo correspondiente a la cuota, por razones ajenas a la Federación, será responsabilidad de la Asociación proceder al abono de la misma. La Federación notificará tal circunstancia a la Asociación, que pasará a situación de impago, quedando suspendida de cualquier derecho derivado de su condición de socia, hasta que se produzca el pago de la cuota.
El abono de la cuota impagada deberá realizarse antes del 15 de febrero del ejercicio. Llegada esta sin haber satisfecho la deuda, la Asociación causará baja conforme al artículo 13 de los Estatutos de la Federación.
ARTÍCULO 7. Procedimiento de desempate en las Asambleas Generales
A fin de garantizar un funcionamiento más democrático de las Asambleas Generales, se establece el siguiente sistema de desempate:
Si una votación concluye en empate, se realizará un receso de 10 minutos en la reunión para que los y las asistentes con derecho a voto puedan reconsiderar su postura. Concluido el receso, se repetirá la votación.
Si el empate persiste en esta segunda votación, se tomará como voto de calidad la posición mayoritaria de los miembros de la Junta Directiva.
Si aún así persiste el empate, el voto del/de la Presidente/a será de calidad.
El Acta de la Asamblea General deberá reflejar el resultado numérico de todas las votaciones que se hayan realizado.
ARTÍCULO 8. Comisiones
Las actividades promovidas por la Federación contarán con su propia Comisión de trabajo que será la encargada de la gestión de las mismas. Estas Comisiones quedarán compuestas por todas las personas interesadas en participar en las citadas actividades.
La Junta Directiva, como órgano de gestión permanente de la Federación, es la encargada de la supervisión del trabajo de las Comisiones y de dotar a estas de los medios necesarios.
ARTÍCULO 9. Uso voluntario y obligatorio del logotipo de la Federación
Todas las Asociaciones federadas podrán hacer uso de la insignia y del logotipo de la Federación, si voluntariamente lo desean, en la publicidad de cualesquiera de sus actividades, sea a través de medios físicos o digitales.
En el caso de las actividades organizadas por la Federación en las que una Asociación federada participe o en aquellas en las que la Asociación federada participe gracias a su condición de socia de la Federación, el uso del logotipo de la Federación será obligatorio, que deberá incluirse en todo el material de difusión del grupo para esa actividad. El incumplimiento de la obligatoriedad de uso del logotipo será motivo de sanción.
En los supuestos de incumplimiento en actividades en las cuales la Asociación federada no reciba retribución por su participación, será sancionada con la suspensión de derechos en la Federación durante los tres meses siguientes.
En los supuestos de incumplimiento en actividades en las cuales la Asociación federada reciba retribución por su participación, será sancionada con la suspensión de derechos en la Federación durante los tres meses siguientes y se le deducirá el 50% de la retribución que esté establecida.
Tanto en los casos de uso voluntario, como obligatorio, el logotipo deberá incluirse en un lugar visible, respetando sus dimensiones y proporciones y no alterando su contenido, forma o color. Los grupos podrán solicitar a la Junta Directiva, en cualquier momento, las diferentes versiones del logotipo en función del contexto donde vaya a situarse.
ARTÍCULO 10. Reembolso de gastos a las personas asociadas y sus representantes
Podrán solicitar el reembolso de los gastos generados en concepto de alojamiento, transporte y manutención, las siguientes personas y en los siguientes supuestos:
Los miembros de la Junta Directiva por su asistencia a las reuniones de Junta Directiva, cuando estas se realicen en una localidad distinta a la suya de residencia.
Los miembros de la Junta Directiva y cualquier otra persona autorizada por esta, cuando actúen en representación de la Federación en reuniones con las Administraciones Públicas u otras entidades privadas, por su asistencia a ferias, congresos, seminarios, foros o cualquier otra actividad de naturaleza análoga.
En el caso de los desplazamientos en medios de transporte privados, por los cuales no pueda aportarse factura que justifique el gasto, se abonará el kilometraje a razón de 0,22 € el kilómetro recorrido, además de los gastos de peaje y estacionamiento, previa presentación de los correspondientes tickets. El cálculo del kilometraje se realizará consultando la ruta más rápida de la localidad de origen a la de destino, en Google Maps.
La Junta Directiva podrá autorizar adelantos económicos a las personas que vayan a realizar gastos de este tipo, que deberán ser justificados a la mayor brevedad posible.
ARTÍCULO 11. Modificación de datos de las Asociaciones federadas
A fin de garantizar el buen funcionamiento de la Federación, las Asociaciones federadas deberán notificar a la Federación todos aquellos cambios que puedan resultar relevantes, como pueden ser los cambios de domicilio social, de cuenta bancaria, de persona representante. Los cambios deberán notificarse a la Secretaría de la Federación.
ARTÍCULO 12. Delegado/a de Protección de Datos
El/la Delegado/a de Protección de Datos es la persona encargada de velar y supervisar el cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos en la Federación. Ocupará esta función cualquiera de los miembros de la Junta Directiva, previo acuerdo de estos en la primera reunión que celebren tras su elección en la Asamblea General.
Fdo. EL SECRETARIO, D. Roberto Martínez Morentín
Fdo. EL PRESIDENTE, D. Miguel Lucas Ibáñez
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
ARTÍCULO 1. Denominación
Con la denominación de Federación “Teatro Amateur de Navarra – Nafarroako Amateur Antzerkia”, se constituyó el 5 de marzo de 2011, en Pamplona-Iruña, una Federación de Asociaciones, sin ánimo de lucro, al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y demás disposiciones de desarrollo. La entidad consta inscrita en el Registro de Asociaciones del Gobierno de Navarra con fecha 29 de junio de 2011 y número de inscripción 51.
ARTÍCULO 2. Personalidad jurídica
La Federación tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, pudiendo realizar todos aquellos actos que sean necesarios para el cumplimiento de sus fines estatutarios, sometiendo su actuación a criterios democráticos, con sujeción a lo establecido en los presentes Estatutos, en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y en el resto del ordenamiento jurídico que resulte de aplicación.
ARTÍCULO 3. Modificación
Los presentes Estatutos han sido modificados, previo acuerdo de la Asamblea General celebrada el 23 de diciembre de 2020, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Régimen Interior y los Estatutos de la entidad, de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y demás disposiciones de desarrollo.
ARTÍCULO 4. Fines de la Federación
Fomentar y defender la cultura teatral amateur como parte del tejido social y cultural de la Comunidad Foral de Navarra.
Integrar en un ente común a distintas Asociaciones con domicilio social en la Comunidad Foral de Navarra, cuya principal actividad sea la realización de teatro amateur y su defensa, así como aquellas que realicen actividades relacionadas con el teatro amateur.
Defender la cultura como herramienta de transformación social, desde el respeto a la diversidad cultural, la neutralidad política, la pluralidad lingüística y la igualdad.
Defender los intereses de la Federación y de sus Asociaciones federadas, ante las instituciones públicas locales, autonómicas, nacionales e internacionales, así como ante otros colectivos y entidades, públicos y privados.
Fomentar la creación de nuevos grupos de teatro amateur y asistirles durante su proceso constituyente, así como facilitar el desarrollo de las Asociaciones que componen la Federación, ofreciéndoles asesoramiento técnico y jurídico.
Promover el intercambio de información y experiencias entre las Asociaciones que componen la Federación, así como con otras entidades con las cuales la Federación se asocie o colabore.
Construir una alternativa de ocio positivo para la ciudadanía en general, así como facilitar el acceso la cultura y la participación activa en esta, de todo tipo de públicos y colectivos.
Fomentar la presencia de la Federación y de sus Asociaciones federadas, en cuantas manifestaciones locales, autonómicas, nacionales e internacionales se produzcan.
Ayudar a la conservación y transmisión del patrimonio cultural que genera el teatro amateur navarro, así como las personas vinculadas al sector.
Todos aquellos intereses que le sean propios.
ARTÍCULO 5. Actividades de la Federación
Promover todas aquellas actividades que propicien el intercambio teatral y cultural entre las Asociaciones de teatro amateur navarras, federadas o no, y otras personas vinculadas a título particular con el teatro amateur.
Organizar charlas, seminarios, congresos, jornadas de debate y reflexión y otras actividades divulgativas similares, sobre diferentes temas relacionados con el teatro amateur.
Promover la puesta en marcha de festivales, muestras e intercambios que impulsen y visibilicen la labor de las Asociaciones federadas y ayuden a acercar el teatro amateur a nuevos espacios.
Organizar actividades de carácter formativo que desarrollen las posibilidades formativas de los socios y socias de las Asociaciones federadas y de la ciudadanía en general.
Informar y articular las manifestaciones desarrolladas por las Asociaciones federadas y la propia Federación.
Suscribir convenios de colaboración e información con otras Asociaciones, Federaciones, Confederaciones y otras entidades pertenecientes o no pertenecientes al territorio de la Comunidad Foral de Navarra.
Establecer una vía de comunicación directa entre la Federación y las Administraciones Públicas navarras y colaborar en todas aquellas acciones impulsadas por estas, que les ayuden a realizar un seguimiento de la actividad teatral amateur en la Comunidad Foral de Navarra.
Otorgar premios y reconocimientos a personalidades e instituciones, públicas o privadas, que hayan contribuido significativamente al fomento y la dignificación del teatro amateur en la Comunidad Foral de Navarra.
Procurar el logro de subvenciones y ayudas de los diferentes organismos y administraciones locales, autonómicos, nacionales e internacionales, para garantizar la estabilidad y existencia de la Federación.
Ofrecer asesoramiento técnico y jurídico a las Asociaciones federadas y aquellas que soliciten el ingreso en la Federación; así como otros servicios colectivos directamente relacionados con la actividad de la Federación y sus Asociaciones federadas.
Crear canales de difusión a fin de promocionar todas las actividades organizadas por la Federación, por sus Asociaciones federadas y por otras entidades con las cuales la Federación colabore, así como otras actividades relevantes para las asociaciones federadas.
Participar en todas aquellas iniciativas y circuitos locales, autonómicos, nacionales e internacionales que busquen el fomento del teatro amateur, de la cultura en general o del asociacionismo.
Todas aquellas actividades que ayuden al fomento, experimentación y desarrollo del teatro amateur, que en su momento se crean oportunas por la Asamblea General.
ARTÍCULO 6. Domicilio social
El domicilio social de la Federación se fija en Pamplona-Iruña, en Calle Estafeta 60-62, 2º, oficina 4; C.P. 31001, sin perjuicio de ser trasladado, previo acuerdo de la Asamblea General, a cualquier otro lugar dentro de la Comunidad Foral de Navarra.
El acuerdo de Asamblea General de cambio de domicilio social y, por extensión, del presente artículo de los Estatutos, deberá ser comunicado al Registro de Asociaciones del Gobierno de Navarra y demás organismos, en el plazo máximo de un mes desde la adopción del acuerdo.
ARTÍCULO 7. Ámbito territorial
El ámbito territorial en el que la Federación realizará principalmente sus actividades es la Comunidad Foral de Navarra, aunque también podrá desarrollar su actividad en el resto del territorio nacional, así como a nivel internacional.
ARTÍCULO 8. Duración
La Federación se crea con duración indefinida, salvo su disolución conforme a lo establecido en los presentes Estatutos y las leyes de aplicación.
CAPÍTULO II. Las personas asociadas
ARTÍCULO 9. Las socias (Asociaciones federadas)
Podrán formar parte de la Federación todas las personas jurídicas de naturaleza asociativa que en el momento de solicitar su incorporación a la Federación, se encuentren legalmente inscritas en el Registro de Asociaciones, tengan su domicilio social en la Comunidad Foral de Navarra, estén interesadas en los fines de la Federación, cuenten con el acuerdo expreso de su órgano competente para su integración en la Federación, hayan designado a una persona para que les represente, aporten correctamente la documentación que les sea requerida por la Federación y hayan abonado la cuota de incorporación a la Federación.
La Junta Directiva comprobará que la Asociación solicitante cumple con los requisitos establecidos y trasladará la solicitud de ingreso a la Asamblea General, que deberá acordar por mayoría simple el ingreso del nuevo socio en la primera reunión que celebre. A esta Asamblea General deberá acudir, al menos, una persona representante de la Asociación solicitante.
En el caso de que la Asamblea General no apruebe el ingreso de la Asociación solicitante como nueva socia, la Federación procederá a la devolución de la cuota de incorporación abonada en el plazo máximo de 30 días naturales, contados a partir del día de la adopción del acuerdo.
ARTÍCULO 10. Clases de personas asociadas
Dentro de la Federación existen las siguientes dos clases de Asociaciones federadas:
Fundadoras: son todas las Asociaciones federadas que participaron en el proceso constituyente de la Federación.
De número: son todas las Asociaciones federadas que han ingresado en la Federación después de la constitución de la misma.
Con independencia de su clase, todas las Asociaciones federadas gozan de los mismos derechos y están sujetas a las mismas obligaciones.
ARTÍCULO 11. Derechos de las personas asociadas fundadoras y de número
Participar en todas las actividades promovidas por la Federación o en aquellas en las cuales la Federación colabore.
Ser convocada a las Asambleas Generales, donde participarán con derecho de voz y voto, pudiendo conferir, a tal efecto, su representación a otras y otros miembros.
Ser informada acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la Federación, así como a participar en los mismos como electora y elegible.
Disponer de un ejemplar actualizado de estos Estatutos y del Reglamento de Régimen Interior, así como recibir información de los acuerdos adoptados por los órganos de gobierno de la Federación.
Tener acceso a los Libros de Actas y de Cuentas de la Federación, previa petición por escrito dirigida a los cargos de la Junta Directiva responsables de su custodia.
Ser oída con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra su persona y a que se le informe de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanción.
Impugnar los acuerdos de los órganos de la Federación que estimen contrarios a la Ley, a los Estatutos o al Reglamento de Régimen Interior, en los canales que, en cada caso, resulten convenientes.
Presentar solicitudes, propuestas o quejas ante la Asamblea General y la Junta Directiva y a que dichas solicitudes, propuestas o quejas sean atendidas por los órganos a los cuales hayan sido dirigidas.
Hacer uso de la insignia y del logotipo que la Federación establezca como distintivo de la entidad, debiendo cumplir con las directrices para su correcta utilización.
Cualquier otro derecho que esté reconocido en la normativa aplicable.
ARTÍCULO 12. Derechos de las personas asociadas fundadoras y de número
Compartir las finalidades de la Federación establecidas en los presentes Estatutos y colaborar para la consecución de las mismas.
Contribuir económicamente con el pago de las cuotas aprobadas por la Asamblea General y otras aportaciones extraordinarias que hayan sido acordadas.
Cumplir los presentes Estatutos, el Reglamento de Régimen Interior y los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de la Federación.
Desempeñar los cargos para los que se les haya elegido y cumplir las obligaciones propias de los mismos.
Respetar a todas las personas que integran la Federación, así como a terceras personas que puedan colaborar en las actividades de la entidad.
Notificar los cambios que puedan producirse en la Asociación federada, que puedan resultar relevantes para el correcto funcionamiento de la Federación.
Hacer un uso responsable de la insignia y del logotipo de la Federación, así como de las plataformas propiedad de la Federación que en cada momento puedan ser puestas a disposición de las personas asociadas.
Facilitar a la Federación, previa petición de la Junta Directiva, información sobre las actividades realizadas por la Asociación federada, a fin de que la Federación pueda realizar un seguimiento de la actividad desarrollada por sus personas asociadas.
Cumplir el resto de las obligaciones que resulten de los Estatutos, del Reglamento de Régimen Interior y cualquier otro deber que esté establecido en la normativa aplicable.
ARTÍCULO 13. Pérdida de la cualidad de socia
Las Asociaciones federadas perderán la cualidad de socia en los siguientes supuestos:
Por renuncia voluntaria de la Asociación federada, comunicada por escrito y de forma fehaciente a la Junta Directiva, que deberá dar cuenta de la misma a la Asamblea General en la primera reunión que celebre. La baja voluntaria deberá estar firmada por el/la Secretario/a y el/la Presidente/a de la Asociación.
Por acuerdo de la Junta Directiva basado en el incumplimiento de las obligaciones establecidas en los presentes Estatutos, en el Reglamento de Régimen Interior o en las normas de aplicación, acuerdo que deberá ser ratificado por la Asamblea General en el plazo de un mes a contar desde la fecha de dicho acuerdo.
Por el impago de las cuotas y otras aportaciones económicas aprobadas por la Asamblea General, en los plazos que en cada momento se encuentren vigentes.
Por disolución de la Asociación federada, comunicada por escrito a la Junta Directiva, que deberá ponerlo en conocimiento de la Asamblea General en la primera reunión que celebre.
Independientemente del motivo por el cual una Asociación federada cause baja, la Federación deberá promover la correspondiente anotación en el Registro de Asociaciones.
ARTÍCULO 14. Procedimiento disciplinario
Las Asociaciones federadas podrán ser sancionadas por incumplimiento de las obligaciones establecidas en estos Estatutos, en el Reglamento de Régimen Interior o en las normas que resulten de aplicación en cada caso.
Las sanciones por incumplimiento serán impuestas por acuerdo de la Junta Directiva, previa audiencia de la persona interesada, que dispondrá de siete días naturales, contados a partir de su audiencia con la Junta Directiva, para presentar las alegaciones que estime oportunas o solicitar una segunda audiencia. Este acuerdo podrá ser recurrido por la Asociación federada ante la primera Asamblea General que se celebre.
Si el acuerdo de sanción implica la expulsión de la Asociación federada, esta deberá ser ratificada por la Asamblea General, tal y como establece el artículo 13 de los presentes Estatutos.
CAPÍTULO III. La Asamblea General
ARTÍCULO 15. La Asamblea General
El órgano supremo y soberano de la Federación es la Asamblea General, integrada por la totalidad de las socias. Es el órgano de expresión de la voluntad de estas y adopta sus acuerdos por el principio mayoritario o de democracia interna. Las Asambleas Generales podrán tener carácter ordinario o extraordinario, en la forma y competencias que se indican en los presentes Estatutos.
ARTÍCULO 16. La Asamblea General Ordinaria
La Asamblea General Ordinaria habrá de convocarse durante el primer trimestre del año y en ella se deberán tratar los siguientes puntos del orden del día:
Aprobación, si procede, de la Memoria de Actividades del ejercicio saliente.
Aprobación, si procede, de la gestión de la Junta Directiva.
Aprobación, si procede, de las Cuentas Anuales del ejercicio saliente.
Aprobación, si procede, del Programa de Actividades y Presupuesto del ejercicio entrante.
A estos puntos en el orden del día se sumarán los referentes a la aprobación del orden del día y del acta de la Asamblea General anterior, así como otros que se estimen oportunos pero, en ningún caso, podrán suprimirse ni alterarse ninguno de los citados en el presente artículo.
ARTÍCULO 17. La Asamblea General Extraordinaria
La Asamblea General Extraordinaria podrá ser convocada tantas veces como se requiera en un mismo año, en cualquier momento y a propuesta de cualquiera de las personas con legitimidad para convocar Asambleas.
La modificación total o parcial de los Estatutos, salvo el cambio de domicilio social sin alterar el ámbito territorial, como la disolución de la Federación, requerirán la convocatoria de Asamblea General Extraordinaria específicamente convocada para tal efecto.
ARTÍCULO 18. Derecho de asistencia, de voz y de voto
Todas las personas asociadas a las asociaciones federadas podrán asistir a las Asambleas Generales de la Federación con derecho de voz. Adicionalmente, las personas designadas como representantes de sus respectivas Asociaciones o, en su caso, aquellas en quienes estas hayan delegado su representación, podrán ejercer el derecho de voto. CSV:
ARTÍCULO 19. Legitimidad para convocar Asambleas
Las Asambleas Generales, tanto Ordinarias como Extraordinarias, serán convocadas por el/la Secretario/a de la Federación, a iniciativa de las siguientes personas o grupos de personas:
Del/de la Presidente/a de la Federación.
De la mayoría de la Junta Directiva.
De un número superior al 20% del total de personas asociadas.
En todos los casos, la propuesta de convocatoria se deberá dirigir al/la Secretario/a y deberá ir acompañada del orden del día propuesto para la Asamblea General y, en el caso de la convocatoria a iniciativa de las personas asociadas, de la lista de socias que formulan la solicitud.
El/la Secretario/a habrá de convocar la Asamblea General en el plazo de quince días naturales y deberá celebrarse no más tarde de noventa días naturales, ambos plazos contados a partir de la recepción por parte del/de la Secretario/a de la correspondiente solicitud.
En el caso de la solicitud formulada a petición de las personas asociadas, si esta adolece de los requisitos formales antecitados, el/la Secretario/a rechazará la solicitud procediendo al archivo de la misma y notificando este hecho a las personas asociadas solicitantes, que podrán formular una nueva solicitud subsanando los errores cometidos en la primera.
En el caso de que el/la Secretario/a no convoque la Asamblea General en los plazos establecidos anteriormente, quedará legitimado el/la Presidente/a para convocarla en el plazo máximo de tres días naturales. De repetirse el mismo supuesto, transcurrido este periodo, quedarán legitimadas todas las personas promotoras de la iniciativa.
ARTÍCULO 20. Forma de convocatoria
Las convocatorias de Asamblea General serán comunicadas por correo electrónico a la totalidad de las personas asociadas, así como a través de otros canales de considerase oportuno. Entre la fecha de la convocatoria y la celebración de la Asamblea General en primera convocatoria deberán mediar, al menos, quince días naturales.
La convocatoria deberá contener el orden del día previsto, así como el lugar, la fecha y la hora de su celebración, tanto en primera como en segunda convocatoria, no pudiendo mediar entre ambas convocatorias menos de treinta minutos. Las convocatorias deberán reflejar con exactitud los acuerdos que serán sometidos a votación.
La documentación e información necesarias que hayan de ser tenidas en cuenta por las personas asociadas para el correcto análisis de los asuntos a tratar incluidos en el orden del día, deberá ser facilitada a las personas asociadas junto con la convocatoria, o posteriormente con una antelación mínima de quince días naturales a la celebración de la Asamblea General, en primera convocatoria.
ARTÍCULO 21. Inclusión de puntos adicionales en el orden del día
Una vez efectuada la convocatoria de Asamblea General las personas asociadas podrán solicitar la inclusión de puntos en el orden del día, al inicio de la sesión, siempre y cuando se encuentren presentes o representadas en dicha Asamblea General la totalidad de las personas asociadas y aprueben la inclusión de los nuevos puntos por unanimidad.
ARTÍCULO 22. Quorum
Las Asambleas Generales, tanto Ordinarias como Extraordinarias, quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria con la asistencia del/de la Presidente/a y del/de la Secretario/a, o de las personas que les sustituyan, además de un tercio de las socias, presentes o representadas, con derecho a voto y, en segunda convocatoria, que se celebrará no antes de media hora después de la primera, cualquiera que sea el número de personas con derecho a voto.
ARTÍCULO 23. Forma de deliberar y adopción de acuerdos
Todos los asuntos se debatirán y votarán conforme figuren en el orden del día, aprobado al inicio de la Asamblea General, no pudiendo adoptarse ningún acuerdo sobre asuntos que no consten en el mismo, salvo por unanimidad de todas las socias que integran la Asamblea General.
Los acuerdos de la Asamblea General se adoptarán por mayoría simple de las socias presentes o representados cuando los votos afirmativos superen a los negativos, no siendo computables a estos efectos los votos nulos, en blanco, ni las abstenciones.
No obstante, requerirán mayoría cualificada de las socias presentes o representadas, que resultará cuando los votos afirmativos superen la mitad, los acuerdos relativos a: la disolución de la Federación, la modificación total o parcial de los Estatutos, la disposición o enajenación de bienes y la remuneración de quienes formen parte de la Junta Directiva, que deberá constar en las Cuentas Anuales de la Federación.
El/la Presidente/a será la persona encargada de iniciar y moderar los debates, abriendo y cerrando los turnos de intervenciones que resulten necesarios.
ARTÍCULO 24. Facultades de la Asamblea General
Establecer las líneas generales de actuación que permitan a la Federación cumplir sus fines.
Disponer todas las medidas que garanticen el funcionamiento democrático de la Federación.
Examinar y aprobar, en su caso, los Programas y las Memorias de Actividades de la Federación, así como los Presupuestos y las Cuentas Anuales.
Elegir y cesar, conforme a lo dispuesto en los presentes Estatutos, a los miembros de la Junta Directiva y aprobar, en su caso, la gestión de estos.
Fijar las cuotas sociales y, en su caso, las demás aportaciones económicas que se estimen oportunas en cada momento para la buena marcha de la Federación.
Aprobar el ingreso de nuevas asociaciones socias, así como ratificar la expulsión de socias acordada por la Junta Directiva.
Aprobar las modificaciones totales o parciales en los Estatutos y el Reglamento de Régimen Interior de la Federación.
Acordar la disolución de la Federación y designar, en su caso, a la Comisión Liquidadora, así como acordar el destino del remanente existente en la Federación.
Acordar la remuneración de las personas que forman parte de la Junta Directiva, que deberá figurar en las Cuentas Anuales aprobadas en Asamblea.
Constituir Confederaciones y/o Uniones de Asociaciones, y votar sobre la incorporación o separación de la Federación a/de Confederaciones y/o Uniones de Asociaciones ya existentes.
Resolver los recursos interpuestos contra la imposición de sanciones acordada por la Junta Directiva.
Cualquier otra facultad que venga establecida por la normativa aplicable.
ARTÍCULO 25. Celebración de las Asambleas Generales de manera presencial y telemática
Por norma general, las Asambleas Generales, tanto Ordinarias como Extraordinarias, se celebrarán de forma presencial. No obstante, cuando existan circunstancias extraordinarias que impidan o desaconsejen la celebración de las reuniones de manera presencial y no convenga aplazar las mismas, estas podrán realizarse de forma telemática, siempre y cuando pueda asegurarse por medios electrónicos la identidad de todas las personas que participen, el contenido de sus manifestaciones, el momento en que estas se producen, así como la interactividad e intercomunicación en tiempo real y la disponibilidad de estos medios durante toda la sesión.
CAPÍTULO IV. La Junta Directiva
ARTÍCULO 26. La Junta Directiva
La Junta Directiva es el órgano colegiado de gobierno, representación y gestión económica y administrativa de la Federación, sin perjuicio de las potestades de la Asamblea General, como órgano soberano.
ARTÍCULO 27. Composición de la Junta Directiva
La Junta Directiva quedará compuesta por un mínimo de tres cargos y un máximo de seis, siendo obligatorios los cargos de Presidente/a, Secretario/a y Tesorero/a, a los cuales podrán sumarse, a criterio de la Asamblea General, los cargos de Vicepresidente/a, Vicesecretario/a y Vicetesorero/a.
Las funciones de estos cargos opcionales serán las de asistir en el ejercicio de sus funciones a los cargos de Presidente/a, Secretario/a y Tesorero/a, respectivamente, así como aquellas funciones para las cuales sean facultados por el órgano de gobierno que corresponda.
El mandato de los cargos de la Junta Directiva tendrá una duración de tres años, contados desde el día de la elección, pudiendo sus miembros ser reelegidos al final del mismo, sin limitación alguna de mandatos.
ARTÍCULO 28. Elección de la Junta Directiva
La elección de las personas que integran la Junta Directiva se hará por la Asamblea General, por sufragio libre y secreto, entre las candidaturas que sean presentadas en el punto del orden del día relativo a la elección.
Cada Asociación federada podrá presentar una única candidatura para cubrir los distintos cargos que componen la Junta Directiva, siendo requisito indispensable que la persona que designen para su candidatura sea socia de la Asociación federada.
Las personas que se postulen como candidatas deberán ser mayores de edad, estar en pleno uso de sus derechos civiles y no estar incursos en los motivos de incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.
ARTÍCULO 29. Falta de candidaturas a la Junta Directiva
En el caso de que llegado el momento de la elección de los cargos de la Junta Directiva queden cargos sin ocupar, sea por falta de presentación de candidaturas o porque la Asamblea General no haya aprobado las candidaturas presentadas, se procederá a la designación por sorteo de una entidad federada como candidata para cada cargo que no haya sido cubierto.
Este sorteo para cada cargo no cubierto se realizará entre todas las entidades federadas, a excepción de aquellas que hayan asumido alguno de los demás cargos y aquellas que formaron parte de la Junta Directiva inmediatamente anterior. En el caso de requerirse más de un sorteo, el orden de realización de los mismos será determinado también por sorteo.
Todas las candidaturas a la Junta Directiva que resulten de la aplicación de este artículo, deberán ser sometidas a votación para su aprobación o rechazo por parte de la Asamblea General, que es el órgano facultado para la elección de los miembros de la Junta Directiva.
ARTÍCULO 30. Reglas y procedimientos para la sustitución de los miembros de la Junta Directiva
Las personas que integran la Junta Directiva cesarán en sus cargos por las siguientes causas:
Por expiración del mandato.
Por fallecimiento o dimisión.
Por pérdida de la condición de representante de la Asociación federada, o porque la Asociación federada a la que representa deja de ser miembro de la Federación.
Por incompatibilidad sobrevenida.
Por incapacitación judicial.
Adicionalmente, las personas que integran la Junta Directiva de la Federación cesarán en sus respectivos cargos, previo acuerdo de la Asamblea General, en los siguientes supuestos:
Por inasistencia a las reuniones de forma reiterada o sin causa justificada.
Por el incumplimiento de las funciones inherentes al cargo que se desempeña.
Cualquier causa debidamente motivada.
Las vacantes que se produzcan en la Junta Directiva se cubrirán en la primera Asamblea General que se celebre. No obstante, la Junta Directiva podrá elegir, por mayoría absoluta de sus miembros, a la persona para que ocupe el puesto vacante con carácter provisional, hasta la reunión de la próxima Asamblea General. Dicha persona deberá reunir las condiciones establecidas en el artículo 28 de los presentes Estatutos, para ser miembro de la Junta Directiva.
En caso de ausencia o enfermedad de algún miembro de la Junta Directiva, podrá ser sustituido provisionalmente por otro de los componentes de ésta, mediante acuerdo adoptado por la misma por mayoría absoluta.
ARTÍCULO 31. Moción de censura a la totalidad o parte de la Junta Directiva
Las Asociaciones federadas podrán presentar mociones de censura a la totalidad de la Junta Directiva o a alguno de sus miembros. Esta moción podrá ser presentada en cualquier momento ante el/la Secretario/a de la Federación por, al menos, el 20% del número total de Asociaciones que componen la Federación.
La moción deberá ir acompañada de una solicitud de convocatoria de Asamblea General, conforme al artículo 19 de los Estatutos, a petición de las personas asociadas promotoras de la moción.
De resultar aprobada, los cargos sometidos a la misma quedarán cesados y se procederá a la elección de los nuevos miembros, siguiendo el mecanismo de elección ordinario, en el cual las personas cesadas tendrán derecho a presentar de nuevo sus candidaturas.
ARTÍCULO 32. Reuniones, constitución y acuerdos de la Junta Directiva
La Junta Directiva se reunirá al menos una vez cada dos meses, y cuantas veces sea preciso para la buena marcha de la Federación, por convocatoria realizada por el/la Presidente/a, a iniciativa de cualesquiera de sus miembros, con una antelación mínima de 48 horas a su celebración y en una fecha consensuada entre todos los miembros de la Junta Directiva.
La Junta Directiva quedará válidamente constituida cuando asistan la totalidad de sus miembros o, en su caso, de las personas que les sustituyan. Todas las personas que integran la Junta Directiva están obligadas a asistir a todas las reuniones que se convoquen. En los supuestos de ausencia de alguno de sus miembros por causas justificadas, la reunión quedará suspendida a la espera de celebrarse en una nueva fecha.
No podrá adoptarse acuerdo alguno que no figure en el orden del día, salvo que, por unanimidad de toda la Junta Directiva, se acuerde la adhesión de nuevos asuntos a tratar. Para que los acuerdos de la Junta Directiva sean válidos deberán ser tomados por mayoría de votos de las personas asistentes. En caso de empate, el voto del/la Presidente/a será de calidad.
Los acuerdos de la Junta Directiva se harán constar en el libro de actas, que habrá de firmarse por el/la Presidente/a y el/la Secretario/a. Al iniciarse cada reunión se leerá el acta de la sesión anterior para que se apruebe o se rectifique según proceda.
ARTÍCULO 33. Facultades de la Junta Directiva
Ostentar y ejercitar la representación de la Federación y llevar a término la dirección y la administración de la manera más amplia que reconozca la Ley y cumplir las decisiones tomadas por la Asamblea General, y de acuerdo con las normas, las instrucciones y las directrices generales que esta Asamblea General establezca.
Tomar los acuerdos necesarios para la comparecencia ante los organismos públicos, para el ejercicio de toda clase de acciones legales y para interponer los recursos pertinentes.
Convocar las Asambleas Generales y controlar que los acuerdos que allí se adopten, se cumplan. En especial y en lo que se refiere a los acuerdos sobre modificación de Estatutos, se notificará al Registro de Asociaciones el contenido de la modificación en el plazo de un mes desde la fecha de celebración de la Asamblea convocada a tal efecto.
Dar cuenta a la Asamblea General de las solicitudes de incorporación y separación de personas asociadas, en cada caso, a los efectos que sean oportunos.
Llevar una contabilidad conforme a las normas específicas que permita obtener la imagen fiel del patrimonio, del resultado y de la situación financiera de la entidad.
Elaborar la memoria anual de actividades y someterla a la aprobación de la Asamblea General.
Efectuar el inventario de los bienes de la Federación.
Presentar el balance y el estado de cuentas de cada ejercicio a la Asamblea General para que los apruebe, proponer el establecimiento de las cuotas y otras aportaciones económicas que las personas asociadas a la Federación tengan que satisfacer y confeccionar los Presupuestos del ejercicio saliente.
Resolver provisionalmente cualquier caso imprevisto en los Estatutos presentes y dar cuenta de ello en la primera Asamblea General subsiguiente.
Atender las propuestas, quejas y solicitudes efectuadas por las socias.
Nombrar personas apoderadas en caso de que se estime conveniente.
Cualquier otra facultad que no esté atribuida de una manera específica en estos Estatutos a la Asamblea General.
ARTÍCULO 34. Funciones del Presidente o de la Presidenta
Ostentar la representación de la Federación ante todo tipo de personas, autoridades y entidades, públicas y privadas, así como al representación legal, judicial o extrajudicial de la Federación.
Presidir las reuniones de la Asamblea General y de la Junta Directiva, moderar sus debates, conceder el uso de la palabra y marcar el orden de las intervenciones.
Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General y de la Junta Directiva, pudiendo para ello realizar toda clase de actos y contratos, y firmar aquellos documentos a tal fin, sin perjuicio de que por cada órgano, en el ejercicio de sus competencias al adoptar los acuerdos, se faculte expresamente para su ejecución a cualquier otro miembro de la Junta Directiva.
Cumplir y hacer cumplir los acuerdos adoptados por la Asamblea General y de la Junta Directiva, así como supervisar la labor de las personas, o grupos de personas, encargadas de realizar tareas concretas en la Federación.
Autorizar con su firma, conjuntamente con el/la Tesorero/a, las disposiciones de fondos de la Federación.
Dar el visto bueno a las actas y certificaciones extendidas por el/la Secretario/a.
Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Presidente/a.
ARTÍCULO 35. Funciones del Secretario o de la Secretaria
Actuar como tal, en las Asambleas Generales y en las reuniones de la Junta Directiva, asistir a las reuniones que celebren ambos órganos y redactar y autorizar las actas de aquellas.
La correspondencia y comunicación con las socias, así como con otras entidades.
Extender certificados de los acuerdos adoptados por los órganos de la Federación y cualesquiera otras certificaciones, con el visto bueno del/de la Presidente/a.
Tener bajo su responsabilidad y custodia el Archivo, los Libros Oficiales y el resto de la documentación de la Federación, a excepción de los libros de Contabilidad.
Recibir las solicitudes de ingreso de nuevas Asociaciones y proceder a su revisión, así como dar cuenta de las mismas al resto de la Junta Directiva y a la Asamblea General.
Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Secretario/a.
ARTÍCULO 36. Funciones del Tesorero o de la Tesorera
Confeccionar, antes de la celebración de la Asamblea General Ordinaria, las Cuentas de los ejercicios salientes y los Presupuestos de los ejercicios entrantes, para su propuesta a la Junta Directiva y posterior traslado para su aprobación por parte de la Asamblea General.
Custodiar los fondos de la Federación y llevar los libros de Contabilidad.
Autorizar, junto con el/la Presidente/a, las disposiciones de fondos.
Realizar y mantener actualizado el Inventario de Bienes de la Federación.
Recaudar las cuotas y aportaciones económicas de las personas asociadas.
Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Tesorero/a.
ARTÍCULO 37. Gratuidad del cargo
Los miembros de la Junta Directiva, salvo que la Asamblea General acuerde lo contrario, ejercerán su cargo gratuitamente, sin recibir retribución alguna por el desempeño de sus funciones en la Federación. Esto no limita el derecho de ser reembolsados en los gastos ocasionados en el ejercicio de sus cargos, siempre y cuando estos estén debidamente justificados.
ARTÍCULO 38. Celebración de las Juntas Directivas de manera presencial y telemática
Por norma general, las Juntas Directivas se celebrarán de forma presencial. No obstante, también podrán realizarse de forma telemática, siempre y cuando pueda asegurarse por medios electrónicos la identidad de todas las personas que participen, el contenido de sus manifestaciones, el momento en que estas se producen, así como la interactividad e intercomunicación en tiempo real y la disponibilidad de estos medios durante toda la sesión.
ARTÍCULO 39. Asistencia de terceras personas a las Juntas Directivas
Cuando la Junta Directiva lo estime oportuno, se permitirá la asistencia a sus reuniones a terceras personas, que podrán hacer uso de la palabra cuando el/la Presidente/a lo autorice.
CAPÍTULO V. Régimen económico
ARTÍCULO 40. Patrimonio Fundacional
La Federación se constituye careciendo de patrimonio fundacional.
ARTÍCULO 41. Ejercicio económico
El ejercicio económico coincidirá con el año natural, es decir, comenzará el 1 de enero y concluirá el 31 de diciembre de cada año.
ARTÍCULO 42. Financiación y recursos propios
Para el logro de los fines estatutarios, la Federación cuenta con los siguientes medios de financiación:
Cuotas ordinarias, extraordinarias y aportaciones económicas de las personas asociadas.
Ingresos provenientes de actividades propias o realizadas en colaboración con terceros.
Subvenciones y ayudas recibirás de organismos públicos y privados.
Donaciones, herencias o legados, aceptadas por la Junta Directiva.
Rentas devengadas por su patrimonio.
Rendimiento de sus actividades económicas.
Cualquier otro ingreso lícito.
ARTÍCULO 43. Titularidad de los bienes y derechos
La Federación deberá figurar como titular de todos los bienes y derechos que integran su patrimonio, los cuales se harán constar en su inventario y se inscribirán, en su caso, en los Registros Públicos correspondientes.
ARTÍCULO 44. Destino de los beneficios
La totalidad de los ingresos, con independencia de su fuente, deberán destinarse exclusivamente al cumplimiento de los fines estatutarios y al pago de las deudas que la Federación pueda contraer con terceros. En ningún caso, se repartirán beneficios entre las Asociaciones federadas, ni se cederán de manera gratuita a personas físicas o jurídicas, con interés lucrativo.
CAPÍTULO VI. Libros y documentación
ARTÍCULO 45. Documentación obligatoria
La Federación tendrá las siguientes obligaciones documentales:
Llevará una Contabilidad conforme a las normas específicas que le sean aplicables, que permita obtener la imagen fiel del patrimonio, del resultado y de la situación financiera de la entidad, así como de las actividades realizadas.
Recogerá en un Libro las Actas de las reuniones tanto de la Junta Directiva, como de la Asamblea General.
Elaborará anualmente una memoria de actividades que incluya las actividades propias, así como las propias de sus Asociaciones federadas.
Recogerá y archivará las peticiones, sugerencias y quejas que puedan ser presentadas ante los órganos de gobierno por parte de las personas asociadas.
Dispondrá de una relación actualizada de sus personas asociadas.
Efectuará un inventario de sus bienes.
ARTÍCULO 46. Actas
De cada sesión que celebre la Asamblea General y la Junta Directiva se levantará Acta por el/la Secretario/a, con el visto bueno del/de la Presidente/a, que especificará necesariamente el quorum necesario para la válida constitución, el listado detallado de las personas asociadas asistentes y sus respectivos representantes, el orden del día de la reunión, las circunstancias del lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos de las deliberaciones, así como el texto íntegro de los acuerdos sometidos a votación y el resultado numérico de las mismas.
En el caso de haberse enviado documentación e información junto con la convocatoria de la reunión, que haya tenido que ser tenida en cuenta para la adopción de los acuerdos, esta deberá constar como anexo al Acta de la reunión.
En el Acta figurará, a solicitud de los respectivos socios, el voto contrario al acuerdo adoptado, su abstención y los motivos que la justifiquen o el sentido de su voto favorable. Asimismo, cualquier persona asociada tiene derecho a solicitar la inclusión en Acta de sus intervenciones o propuestas, siempre que aporte dicha intervención por escrito al/la Secretario/a.
Las Actas serán sometidas a votación en la siguiente reunión que celebre el órgano de gobierno, pudiendo el/la Secretario/a expedir certificaciones sobre los acuerdos adoptados, desde el momento de la adopción de los mismos, sin perjuicio de la ulterior aprobación del Acta.
ARTÍCULO 47. Grabación de las reuniones
Para facilitar la redacción de las Actas de las sesiones de Asamblea General y Junta Directiva, el/la Secretario/a podrá proceder a la grabación de las mismas, hecho que deberá ser informado a las personas asistentes al inicio de la reunión, antes de dar lectura al orden del día.
Estas grabaciones se tratarán de manera confidencial y serán destruidas, siempre que se cumplan los siguientes dos requisitos: haber transcurrido dieciocho meses desde la celebración de la reunión y haber sido aprobada el acta en la reunión subsiguiente.
ARTÍCULO 48. Impugnación de acuerdos
Los acuerdos de la Asamblea General y de la Junta Directiva podrán ser impugnados ante la Junta Directiva, la Asamblea General y/o el orden jurisdiccional civil en la forma legalmente establecida que pueda corresponder en cada caso. En tanto se resuelven las contiendas de orden interno que puedan suscitarse en la Federación, las solicitudes de constancia registral que se formulen sobre las cuestiones controvertidas solo darán lugar a anotaciones provisionales.
ARTÍCULO 49. Acceso a la documentación
Las socias podrán acceder a toda la documentación que se relaciona en el artículo 45, a través de la Junta Directiva, en los términos previstos en la normativa vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal.
CAPÍTULO VII. Disolución y liquidación
ARTÍCULO 50. Disolución
La Federación se disolverá por alguna de las siguientes casusas:
Por la voluntad de las personas asociadas expresada en Asamblea General.
Por las causas contempladas en el artículo 39 del Código Civil.
Por sentencia judicial firme.
Por las causas que se prevean en los Estatutos.
Por cumplimiento del plazo para el que fue constituida la Federación.
Por imposibilidad de cumplimiento de los fines sociales.
ARTÍCULO 51. Liquidación
La disolución de la Federación abrirá un periodo de liquidación durante el cual la Junta Directiva se convertirá en Comisión Liquidadora, salvo que la Asamblea General confiera esta función a una Comisión Liquidadora especialmente designada a tal efecto.
En todo caso la Comisión Liquidadora tendrá las competencias establecidas en el artículo 18, párrafos 3 y 4, de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo.
Una vez extinguidas las deudas, y si existiese remanente, éste se destinará a entidades no lucrativas cuyos fines sean análogos a los realizados por la Federación, según disponga la Asamblea General.
Disposición Adicional
Con carácter subsidiario de los Estatutos y de los acuerdos válidamente adoptados por sus órganos de gobierno y de representación, en todo cuanto no esté previsto en los presentes Estatutos se aplicará la vigente Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y demás disposiciones de desarrollo.
Fdo. EL SECRETARIO, D. Roberto Martínez Morentín
Fdo. EL PRESIDENTE, D. Miguel Lucas Ibáñez